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CalculFisc Blog

Todo sobre Educación Fiscal

Aprende sobre cálculo de ISR, IVA, RESICO y otros temas clave para freelancers, emprendedores y asalariados en México.

Guías Fiscales

¿Qué es el régimen RESICO y cómo funciona?

El Régimen Simplificado de Confianza (RESICO) es una modalidad tributaria en México diseñada por el SAT para facilitar el pago de impuestos a las micro, pequeñas y medianas empresas, así como a personas físicas. Su principal atractivo son sus tasas extremadamente bajas de ISR, que oscilan entre el 1% y el 2.5%, dependiendo de tus ingresos. ¿Quiénes pueden tributar aquí? Está diseñado para personas físicas con actividad empresarial, profesional o arrendamiento cuyos ingresos no superen los 3.5 millones de pesos anuales. Ventajas principales: 1. Cálculo sencillo: El impuesto se calcula sobre los ingresos cobrados sin aplicar deducciones (para ISR). 2. Tasas mínimas: Mientras que en otros regímenes pagas hasta el 35%, aquí el máximo es 2.5%. 3. Facilidad administrativa: Menos carga de contabilidad electrónica compleja. Sin embargo, es importante recordar que aunque el cálculo de ISR es simple, el IVA se sigue calculando de manera tradicional (cobrado menos pagado).

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Tutoriales

Cómo calcular el ISR en 2026

El Impuesto Sobre la Renta (ISR) es una contribución obligatoria que grava la riqueza obtenida. Para 2026, las tablas y tarifas del SAT se actualizan conforme a la inflación, lo que puede modificar ligeramente lo que pagas. El procedimiento estándar para el régimen de Sueldos y Salarios o Actividad Empresarial (no RESICO) sigue esta fórmula: 1. Base Gravable: Toma tus ingresos totales del periodo y resta las deducciones autorizadas. 2. Límite Inferior: Ubica tu base en las tablas del SAT y resta el "Límite Inferior" de tu renglón. 3. Excedente: Al resultado, multiplícalo por el porcentaje (%) indicado en la tabla. 4. Cuota Fija: Suma la "Cuota Fija" correspondiente a tu nivel. El resultado es el ISR a pagar. Suena complejo porque es un impuesto progresivo: entre más ganas, mayor es el porcentaje que aplicas. Importante: Herramientas como CalculFisc automatizan este proceso para evitar errores humanos en la selección de los renglones de la tabla.

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Comparativas

Diferencias entre Sueldos y Salarios vs Honorarios

Entender cómo te contratan es vital para saber tus obligaciones fiscales. La diferencia principal radica en la relación de subordinación. Sueldos y Salarios (Asalariados): - Existe un jefe y un horario fijo. - El patrón retiene y paga tus impuestos (ISR e IMSS). - Tienes prestaciones de ley (Aguinaldo, Vacaciones, Prima Vacacional, Utilidades). - Tu única obligación suele ser la declaración anual si ganas más de 400,000 pesos o tienes dos patrones. Honorarios (Servicios Profesionales): - Eres tu propio jefe. Trabajas por objetivos o proyectos. - Tú debes emitir facturas (CFDI) por tus servicios. - Tú eres responsable de declarar y pagar tus impuestos mensualmente (ISR e IVA). - Puedes deducir gastos relacionados con tu actividad (luz, internet, equipo de cómputo). Muchos desarrolladores y contadores inician por honorarios para tener libertad y capacidad de deducción.

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Prestaciones Laborales

¿Cómo se calcula el Aguinaldo y cuándo deben pagarlo?

El aguinaldo no es un regalo, es un derecho irrenunciable establecido en el Artículo 87 de la Ley Federal del Trabajo. Todas las personas trabajadoras, ya sean de planta, confianza, eventuales o comisionistas, tienen derecho a recibirlo. ¿Cuánto y cuándo? La ley marca que el pago mínimo debe ser equivalente a **15 días de salario**. La fecha límite absoluta para que el patrón realice el pago es el **20 de diciembre** de cada año. ¿Cómo se calcula? 1. Identifica tu salario mensual bruto. 2. Divídelo entre 30 para obtener tu cuota diaria. 3. Multiplícalo por 15 (o los días que otorgue tu empresa si son superiores a la ley). Ejemplo: Si ganas $15,000 al mes: $15,000 / 30 = $500 diarios. $500 x 15 días = **$7,500 de aguinaldo**. ¿Qué pasa si no trabajé todo el año? Tienes derecho a la **parte proporcional**. Si solo trabajaste 6 meses, recibirás la mitad de esos 15 días. Es un cálculo común al momento de un finiquito. Impuestos (ISR): Buenas noticias: El aguinaldo está exento de impuestos (ISR) siempre y cuando la cantidad no supere 30 veces el valor de la UMA (Unidad de Medida y Actualización). Si excede ese monto, solo pagarás impuesto por la diferencia.

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